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Guía2026-07-17·Revisado 2026-07-20

7% de salud: cálculo, tope imponible, excedentes y excesos

La cotización legal para salud corresponde al 7% de la remuneración o renta imponible. Desde las remuneraciones y pensiones devengadas en febrero de 2026, el tope imponible mensual informado por la Superintendencia de Salud es de 90 UF, por lo que la cotización legal máxima es de 6,3 UF. Los excedentes y los excesos no son lo mismo.

Puntos clave

  • El 7% se calcula sobre la remuneración o renta imponible, no necesariamente sobre el sueldo líquido.
  • Para las remuneraciones y pensiones devengadas desde febrero de 2026, el tope imponible mensual es de 90 UF.
  • Los excedentes se relacionan con la diferencia entre la cotización legal y el precio del contrato de Isapre.
  • Los excesos son pagos superiores a lo que legalmente correspondía cotizar.
  • Las personas pensionadas también deben revisar cómo se descuenta y entera su cotización de salud.
Manos revisan un formulario con un lápiz, junto a una calculadora y un computador portátil.
Imagen ilustrativa de revisión de cifras; los documentos de la foto no son una liquidación chilena ni un cálculo de salud. Foto: Kelly Sikkema / Unsplash (abre en otra pestaña) · Licencia (abre en otra pestaña)
Linda López

Linda López

Asesora de salud previsional

¿Qué es el 7% de cotización de salud?

Es la cotización legal obligatoria que se destina al sistema de salud. En trabajadores dependientes, el empleador la descuenta de la remuneración imponible y la paga a Fonasa o a la Isapre correspondiente.

En personas independientes y pensionadas, la forma de declaración y pago depende de su situación previsional y de la entidad encargada de enterar la cotización.

¿Cuál es el tope imponible de la cotización obligatoria?

La cotización no se calcula sobre una renta ilimitada. La remuneración o renta imponible tiene un tope mensual definido para cada período.

La Superintendencia de Salud informa que, para cotizaciones asociadas a remuneraciones y pensiones devengadas desde febrero de 2026, el tope imponible es de 90 UF. En consecuencia, la cotización legal máxima para salud es de 6,3 UF al mes.

Como este valor puede cambiar, la fecha y la fuente deben mantenerse visibles en el artículo.

¿Cómo se utiliza el 7% en Fonasa y en una Isapre?

En Fonasa, la cotización financia el seguro público de salud.

En una Isapre, la cotización se destina al precio pactado en el contrato. Si el precio total supera el 7%, la persona debe financiar la diferencia. Si se producen saldos a favor, su tratamiento depende de las reglas de excedentes y excesos.

¿Qué son los excedentes?

Los excedentes corresponden a montos que se generan cuando la cotización legal de una persona afiliada a una Isapre supera el valor que debe destinarse al contrato, de acuerdo con la normativa aplicable.

El saldo pertenece a la persona afiliada y debe administrarse o devolverse conforme a las reglas vigentes. Para conocer el saldo y su forma de devolución, se debe consultar directamente a la Isapre.

¿Qué son los excesos de cotización?

Los excesos son pagos realizados por sobre la cotización que legalmente correspondía. Pueden originarse, por ejemplo, por pagos duplicados, errores administrativos o cotizaciones simultáneas que superan el límite aplicable.

No deben confundirse con los excedentes. La devolución de excesos se solicita ante la institución que recibió el pago, acompañando los antecedentes que permitan acreditarlo.

¿Cómo se aplica el 7% a una persona pensionada?

Las pensiones están sujetas a las reglas de cotización de salud que correspondan a cada persona. La entidad pagadora de la pensión puede ser la encargada de descontar y enterar la cotización.

Una persona pensionada puede estar afiliada a Fonasa o a una Isapre, pero no a ambos sistemas simultáneamente. Si evalúa una Isapre, debe comparar el precio total del plan con la cotización disponible y revisar cargas, red y beneficios.

Sigue con los datos de los contratos

2.446 planes de las 7 Isapres abiertas, con la cobertura y las clínicas que declara el contrato de cada uno.

Compáralo con tu situación

El precio del contrato va en UF. Lo que pagas depende de tu renta, tu grupo familiar y la Tabla de Factores.

Este contenido entrega orientación general y fue revisado con fuentes oficiales el 2026-07-20. Los requisitos, coberturas y procedimientos pueden variar según la situación contractual y las actualizaciones normativas. No reemplaza asesoría médica ni jurídica.

Esta materia tiene implicancias legales. Antes de tomar una decisión, revisa tu contrato y consulta directamente a la institución competente.

Planea tu Salud entrega orientación previsional general. El monto definitivo debe comprobarse en la liquidación, certificado de cotizaciones y contrato vigente.

Limitaciones:

  • El tope indicado corresponde a cotizaciones por remuneraciones y pensiones devengadas desde febrero de 2026.
  • El tratamiento de saldos depende de la situación contractual y de las reglas vigentes.
  • Este artículo no calcula la cotización individual de una persona.

Con tu liquidación y certificado de cotizaciones podemos revisar cómo se está utilizando tu 7%.

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